En comunicación con la Redacción de Radionord, la abogada Blanca Zarza se refirió a los derechos de los pacientes frente a obras sociales, prepagas y PAMI, y alertó sobre las frecuentes negativas que enfrentan miles de afiliados.
“Muchas veces escuchamos frases como ‘no está cubierto’, ‘no hay turno’ o ‘no está autorizado’. Frente a esa negativa, muchos afiliados, sobre todo jubilados, terminan resignando tratamientos o pagando de su bolsillo lo que por ley les corresponde”, sostuvo.
Zarza explicó que la legislación argentina contempla herramientas legales rápidas y concretas para proteger a los pacientes. En ese sentido, mencionó la Ley 26.529 de Derechos del Paciente, que garantiza derechos fundamentales como el acceso a la asistencia médica sin discriminación y el trato digno y respetuoso. “Ningún médico, secretaria o empleado administrativo puede maltratar al paciente, ignorarlo o negarle información sobre su propia salud”, remarcó.
La abogada también destacó que, en determinadas situaciones, los pacientes pueden solicitar atención fuera de la cartilla de su obra social. Según explicó, esto ocurre cuando no existe un especialista idóneo dentro de la cobertura, cuando hay una relación médico-paciente consolidada o en casos de enfermedades graves, como el cáncer. “Los tribunales han ordenado coberturas del 100% en muchos de estos casos”, afirmó.
Además, recordó que los pacientes tienen derecho a la intimidad, a la confidencialidad, al consentimiento informado y a recibir información clara sobre diagnósticos, tratamientos y alternativas terapéuticas. También señaló que la historia clínica debe entregarse dentro de las 48 horas de ser solicitada y que cualquier persona puede pedir una segunda opinión médica.
Respecto de las negativas de cobertura por parte de obras sociales o prepagas, Zarza explicó que existe la herramienta del amparo de salud, prevista por la Constitución Nacional y la Ley 16.986. “El amparo sirve para reclamar medicamentos de alto costo, cirugías, estudios o tratamientos negados de manera arbitraria. En casos urgentes, una medida cautelar puede resolverse entre 48 y 72 horas”, indicó.
Recomendó documentar cada reclamo con DNI, carnet de afiliación, prescripción médica, historia clínica y toda prueba escrita de la negativa recibida, como correos electrónicos o capturas de pantalla.“Para ejercer nuestros derechos, primero hay que conocerlos. Ese es el primer paso para dejar de aceptar un no como respuesta final”, concluyó.




