Depósitos bancarios: ¿Qué garantías existen en Argentina si un banco entra en problemas?

En medio del caso paraguayo por la intervención del Ueno Bank, el letrado detalló a Nord24 que en el país existe un sistema de seguro de depósitos y que la Ley de Entidades Financieras prevé mecanismos para reestructurar una entidad en problemas. “Cuando de ahorro se trata, es fundamental conocer qué garantías existen”, subrayó.

Tras la crisis desatada en Paraguay por la intervención del Ueno Bank, que dejó a millones de ahorristas sin acceso a sus depósitos, el abogado Mauro Sarasua analizó en diálogo con Nord24 qué ocurriría si un escenario similar se produjera en la Argentina. “Imaginemos que una entidad financiera presenta problemas de solvencia, el Banco Central interviene y los ahorristas dejan de poder disponer de su dinero. ¿Se pierden automáticamente los ahorros? No”, planteó el profesional, que descartó la pérdida directa de los fondos.

Sarasua explicó que el país cuenta con una herramienta específica para estos casos: el Fondo de Garantía de Depósitos, un sistema de seguro de garantía de los depósitos bancarios creado por la Ley N° 24.485. “En Argentina existe un sistema de garantía de depósito, siempre que se trate de depósitos alcanzados por el régimen establecido desde abril de 2026”, precisó. Además, recordó que “la Ley de Entidades Financieras contempla mecanismos para intentar reestructurar una entidad en crisis y proteger justamente los depósitos, incluso mediante la transferencia de activos y pasivos a otro banco”.

El letrado también detalló qué caminos puede seguir un ahorrista si no le devuelven el dinero. “En primer lugar, si ya hizo el reclamo y no recibe una respuesta o la respuesta no es la esperada, recién ahí, según las circunstancias, puede iniciar acciones judiciales”, señaló. Y agregó: “Podría también promover un amparo si existe una vulneración manifiesta y urgente de sus derechos”. No obstante, aclaró que no se trata de un proceso automático: “No alcanza con que un banco cierre para que automáticamente se proceda a este tipo de acción. Hay que demostrar una conducta ilegítima y que la vía elegida sea la adecuada y que no pueda existir otra vía para hacer el reclamo”.

Sarasua extrajo una conclusión a partir del caso paraguayo y llamó a los ahorristas a informarse. “La enseñanza que nos deja el caso de Paraguay es que cuando de ahorro se trata, es fundamental conocer qué garantías existen y qué responsabilidades tienen las autoridades y cuáles podrían ser también las herramientas judiciales disponibles para proteger al depositante”, sostuvo, con la salvedad de que ese camino rige siempre que se pueda acordar con el banco donde la persona tiene sus depósitos.

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