Juan Arregin abogado analizó en contacto con la Redacción de Radionord la implementación de requisas en accesos a instituciones educativas de Corrientes, en el marco de una serie de amenazas difundidas en redes sociales.
Según explicó, estos hechos no deben interpretarse como situaciones aisladas, sino como consecuencia de desafíos virales que incitan a menores a emitir advertencias sobre posibles ataques, generando preocupación en la comunidad educativa.
En este contexto, el letrado señaló que estas conductas configuran el delito de intimidación pública, previsto en el artículo 211 del Código Penal, con penas que van de uno a seis años de prisión. Se trata de acciones que afectan el orden y la seguridad pública, por lo que el Estado debe responder de manera proporcional ante el temor generado en estudiantes, familias y la sociedad en general.
Respecto a las requisas, Arregin planteó que existe una diferencia entre solicitar la exhibición voluntaria de pertenencias y realizar un registro formal. Este último, indicó, implica una invasión a la privacidad y, por lo tanto, requiere autorización judicial previa basada en sospechas concretas, tal como lo establecen los códigos procesales.
No obstante, en la práctica, explicó que las fuerzas de seguridad pueden actuar ante situaciones urgentes, recurriendo a la presencia de testigos y solicitando la colaboración de las personas para mostrar sus pertenencias. Estas intervenciones suelen contar con comunicación previa con autoridades judiciales, aunque no siempre exista una orden específica para cada caso individual.
Finalmente, el abogado consideró que, ante el riesgo potencial, resulta razonable extremar medidas de prevención. En ese sentido, sostuvo que el equilibrio entre seguridad y derechos individuales es clave, pero advirtió que oponerse a controles puede generar sospechas, en un contexto donde el objetivo principal es evitar consecuencias graves dentro del ámbito escolar.




